SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRI) EN EL COCHE
La colocación de los sistemas reforzados de retención infantil utilizados a bordo de vehículos de motor, tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas, ya no seguirá siendo una asignatura pendiente gracias a la entrada en vigor, el próximo día 1 de octubre, del Real Decreto 667/2015 que modifica el artículo 117 del Reglamento General de Circulación sobre el cinturón de seguridad y el SRI homologado. Una modificación que llega tarde pero, que nos aclara, de una vez por todas, que la instalación del dispositivo de retención del niño, ya sea, en el sentido de la marcha o, bien, en el sentido contrario, así como la forma de colocación y tipo de vehículos donde puede utilizarse de forma segura, dependerá de las instrucciones que facilite el fabricante. En todo caso, los menores de 18 años de estatura igual o inferior a 135 centímetros deberán utilizar sistemas de retención infantil adaptado a la estatura y peso del niño.
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