Reformas.

Legaliza tu reforma en la estación de ITV

¿Qué es una inspección por reformas?

Este tipo de inspección no periódica sirve para comprobar que la reforma de un vehículo se ha llevado a cabo correctamente. Por lo tanto, se mantienen las condiciones exigidas para circular sin suponer un peligro para la seguridad de sus ocupantes o de terceras personas.

¿Qué se considera Reforma y requiere Inspección?

El documento que rige la modificación de un vehículo es el Manual de reformas de vehículos; que depende actualmente del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (anterior Ministerio de Industria, Energía y Turismo) en colaboración con las Comunidades Autónomas.

En este manual encontrarás todos los tipos de reformas permitidas, los criterios, la documentación necesaria y los requisitos a cumplir para la tramitación de las reformas. Como es lógico, existen reformas cuya viabilidad depende del tipo de vehículo.

Las 4 secciones del manual de reforma de vehículos

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Sección 1.

Vehículos de las categorías M, N y O (turismos, camiones y remolques).

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Sección 3.

Vehículos agrícolas.

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Sección 2.

Vehículos de la categoría L (motocicletas, ciclomotores, quads, etc.).

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Sección 4.

Vehículos de obra y/o servicios.

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Cada una de las secciones se dividen a su vez en 11 grupos dependiendo del sistema o de la parte del vehículo a la que afecte la reforma. Por ejemplo, estas son las modificaciones relativas a las reformas para los coches tipo turismo:

1

Identificación

7

Frenos.

2

Unidad motriz.

8

Carrocería.

3

Transmisión

9

Dispositivos de alumbrado y señalización.

4

Ejes.

10

Uniones entre vehículos tractores y sus remolques o semirremolques.

5

Suspensión.

11

Modificaciones de los datos que aparecen en la tarjeta de ITV.

6

Dirección.

Existe una Guía Básica Interpretativa sobre Reformas de vehículos que te aconsejamos consultes, a pesar de no estar actualizada a la última revisión del manual de reformas, podrás ver de forma muy gráfica lo que es o no una reforma en los vehículos.

¿Qué documentación tengo que aportar en la ITV para legalizar una reforma?

La documentación más específica variará, como es lógico, dependiendo del tipo de elemento que se cambie y en qué medida afecte al resto del sistema del vehículo. En algunos casos se considerará reforma y en otros no, en función de lo que dicte el Manual mencionado.

Si ponemos como ejemplo la sustitución del motor por otro de diferentes características, esta operación estaría considerada reforma. Tanto del propio cambio del motor, como de otros aspectos derivados como pueden ser la variación de la potencia o el sistema de alimentación.

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En el caso ejemplificado para legalizar la reforma en la estación de ITV se necesitaría presentar:

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Documentación del vehículo:
Permiso de Circulación, Tarjeta de Inspección Técnica original del vehículo y, en ocasiones, también se puede requerir el justificante de pago del seguro obligatorio.

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Informe de conformidad:
Emitido por un laboratorio o por el propio fabricante del motor.

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Certificado del taller:
Donde se ha llevado a cabo la reforma.

¿Cuales son las inspecciones por reformas en vehículos más habituales y qué documentación se debe de aportar en la ITV?

Reforma por legalización bola de remolque

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Reforma por legalización bola de remolque

Cuando se instala en un vehículo un gancho de remolque o se reemplaza uno legalizado por otro, es necesario anotar el gancho en la documentación del vehículo. Para ello, es necesario aportar en la estación de ITV la siguiente documentación:

  • Instrucciones de montaje de la bola de enganche (un libro con ilustraciones del proceso a seguir para instalar el dispositivo de remolcado)
  • Informe de conformidad del enganche para tu vehículo (Documento con los datos del vehículo y los del dispositivo instalado que da el visto bueno a la compatibilidad del gancho de remolque con el coche)
  • Certificado de montaje emitido por un taller autorizado (El certificado de taller indica los datos del taller autorizado que ha llevado a cabo la instalación del dispositivo de remolque)
  • Ficha Técnica del Vehículo
  • Permiso de circulación
  • En caso de no ir titular a la ITV se deberá llevar una autorización firmada por el titular y copia de su DNI.
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Reforma por modificación de la potencia de motos

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Reforma por modificación de la potencia de motos

Cuando se lleva a cabo alguna modificación, ya sea mediante topes o cambios de centralita, que dé lugar a una variación de la potencia del vehículo es necesario legalizarla. Por lo general este tipo de reforma se lleva a cabo en las motos para poderlas conducir con el carnet A2.

Para hacer una modificación de la potencia en motos es necesario aportar en la ITV la siguiente documentación.

    • En caso de limitarse mediante un conjunto funcional, como pueden ser los comercializados por la empresa ATIMPEX, será necesario aportar la resolución de industria del conjunto funcional.
    • Informe de conformidad del laboratorio o fabricante del vehículo (Documento con los datos del vehículo y los del dispositivo instalado para modificar la potencia en el cual da el visto bueno a la compatibilidad de la modificación realizada con el vehículo).
    • Certificado de montaje emitido por un taller autorizado (El certificado de taller indica los datos del taller autorizado que ha llevado a cabo la limitación).
    • Declaración responsable (Documento en el cual tanto el taller como el titular del vehículo son conscientes de que se ha limitado la moto y se comprometen a no quitar la limitación sin ponerlo en conocimiento).
    • Ficha Técnica del Vehículo.
    • Permiso de circulación.
    • En caso de no ir el titular a la ITV se deberá llevar una autorización firmada por el titular y copia de su DNI.
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Reforma por cambio de clasificación de vehículos

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Reforma por cambio de clasificación de vehículos

Determinados vehículos se matriculan como vehículos mixtos con fines industriales ya que las empresas se ahorran impuesto al matricularlos así. Estos vehículos están condicionados a pasar inspección con mayor frecuencia que si fueran turismos por lo que cuando dejan de pertenecer a empresa resulta ventajosos pasarlo nuevamente a turismo. El proceso de turismo a mixto es menos común, pero es igual de factible.

Para hacer dicho cambio la principal premisa es que el vehículo tenga contraseña de homologación europea y en caso de que no la tenga, que exista una homologación europea equivalente. Por lo que lo ideal es acudir a un concesionario de la marca para que le proporcionen la documentación. En la estación de ITV se debe de presentar la siguiente documentación:

  • Informe de conformidad emitido por el fabricante del vehículo o en su defecto por un laboratorio.
  • Ficha Técnica del Vehículo
  • Permiso de circulación
  • En caso de no ir el titular a la ITV se deberá llevar una autorización firmada por el titular y copia de su DNI.
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Reforma por cambio de neumáticos

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Reforma por cambio de neumáticos

Se considera reforma por cambio de neumáticos la sustitución de los mismos por otros que no aparezcan en la ficha técnica o no sean neumáticos equivalentes (que no estén dentro del ± 3% de tolerancia) y por lo tanto sería necesario legalizarlo para poder circular legalmente.

Para legalizarlo es necesario aportar en la ITV la siguiente documentación:

  • Informe de conformidad del laboratorio (Documento con los datos del vehículo y los de los nuevos neumáticos instalados en el cual da el visto bueno a la compatibilidad de la modificación realizada con el vehículo)
  • Certificado de montaje emitido por un taller autorizado (El certificado de taller indica los datos del taller autorizado que ha llevado a cabo la modificación)
  • Ficha Técnica del Vehículo
  • Permiso de circulación
  • En caso de no ir el titular a la ITV se deberá llevar una autorización firmada por el titular y copia de su DNI.
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Reforma por instalación y modificación de elementos exteriores

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Reforma por instalación y modificación de elementos exteriores

La instalación de elementos exteriores tales como paragolpes, alerones, barras longitudinales, estribos, defensas, etc. se consideran reforma del vehículo y para poder llevarlo instalado, cuando no sale con ello de fábrica, es necesario legalizarlo. Para legalizarlo es necesario aportar en la ITV la siguiente documentación:

– Si el elemento instalado está incluido en la homologación de tipo:

  • Informe de conformidad del laboratorio (Documento con los datos del vehículo y los de los nuevos elementos instalados en el cual da el visto bueno a la compatibilidad de la modificación realizada con el vehículo)
  • Certificado de montaje emitido por un taller autorizado (El certificado de taller indica los datos del taller autorizado que ha llevado a cabo la modificación)
  •  

– Si el elemento instalado está incluido en un conjunto funcional:

  • Informe de conformidad del laboratorio (Documento con los datos del vehículo y los de los nuevos elementos instalados en el cual da el visto bueno a la compatibilidad de la modificación realizada con el vehículo)
  • Certificado de montaje emitido por un taller autorizado (El certificado de taller indica los datos del taller autorizado que ha llevado a cabo la modificación)
  • Resolución del conjunto funcional.

– Para ambos casos es necesario aportar:

  • Ficha Técnica del Vehículo
  • Permiso de circulación
  • En caso de no ir el titular a la ITV se deberá llevar una autorización firmada por el titular y copia de su DNI.
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Para evitar desplazamientos y pérdidas de tiempo innecesarias te aconsejamos que consultes con tu ITV más cercana, estaremos encantados de asesorarte e indicarte de como tramitar la reforma de forma que solo tengas que venir a la ITV cuando realmente sea necesario.

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