Transporte escolar.

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¿Cómo es la inspección de transporte escolar?

Los vehículos que van a ser destinados al transporte escolar y de menores tienen que pasar por una periodicidad de inspección más frecuente. Tanto en lo referente a inspecciones periódicas como no periódicas.

Antes de ser autorizados, estos vehículos deben superar de forma favorable una inspección técnica que certifique que son aptos para desempeñar tal fin. Consiguiendo así la calificación de idoneidad.

En términos generales, los autobuses M2 y M3 que tengan menos de 5 años deben pasar su correspondiente ITV periódica anualmente. A partir de ese momento, esta inspección se realiza cada seis meses.

¿En qué se diferencia la ITV de un vehículo convencional a la ITV del transporte escolar?

Además del evidente control administrativo que se encarga de revisar que toda la documentación está en regla (autorizaciones especiales del vehículo y del conductor), el control técnico tiene dos cualidades:

1

Revisiones rutinarias

Las que afectarían a todo vehículo de cualquier clase (acondicionamiento exterior, chasis, alumbrado, señalización, frenos, suspensión, motor, emisiones contaminantes, etc.)

2

Revisiones adicionales

Las propias de su finalidad específica. Otros vehículos que requieren revisiones especiales son aquellos destinados a mercancías o cualquiera que tenga una reglamentación particular.

El transporte escolar está regulado por el Real Decreto 443/2001 de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores y sus posteriores modificaciones

¿Qué son las "campañas extraordinarias de inspección"?

¿Qué son las "campañas extraordinarias de inspección"?

Campañas extraordinarias de inspección para transporte escolar.

El Gobierno regional es competente en materia de inspección cuando los autobuses son interurbanos,es decir, cuando realizan rutas que discurren por más de un municipio.

Este tipo de campañas, vinculadas a la Dirección General de Transportes, suelen desplegarse de forma anual para extremar la seguridad, independientemente de las inspecciones propias de la ITV ya mencionadas.

Los centros educativos deben exigir al transportista que justifique que es titular de la correspondiente autorización para realizar este servicio, estar en posesión de la tarjeta ITV que acredite que el vehículo es adecuado para el mismo y tener suscritos el seguro obligatorio de vehículos y el de responsabilidad civil.

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